Por lo tanto, con estos documentos y dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo prevé el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara suficientes los derechos que tiene los ciudadanos ARCENIA GONZALEZ DE FLORES, ERNESTO ANTONIO FLORES LEON, ELEANNE ALTAGRACIA FLORES LEON, EGENY ANGEL FLORES LEON, como Únicos y Universales Herederos del causante ANGEL MARCIAL FLORES FUENMAYOR. .- ASI SE DECIDE.- Devuélvanse estas actuaciones en originales y déjese copia certificada para formar expediente y expídanse las copias certificadas solicitadas.-
La Juez
Abog. Maria Idelma Gutiérrez
El Secretario Temporal
EDDY YAFRANCI FERRER B.
En la misma fecha se devuelve constante de diecisiete (17) folios útiles y se dejó copia certificada para formar expediente Nº Sol.1646-2016, y.....