ESTE JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales sigue el ciudadano GILBERTO JOSÉ UZCATEGUI BARRIOS, en contra de la sociedad mercantil VIVERES DE JUNIOR´S, C.A.
SEGUNDO: Se condena a la demandada Sociedad Mercantil VÍVERES DE JUNIOR´S, C.A., a cancelar a la parte accionante ciudadano GILBERTO JOSÉ UZCATEGUI BARRIOS la cantidad de VEINTICINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS BOLIVARES CON UN CENTIMO (Bs.25.562,01), más la cantidad que resulte del calculo de los intereses de mora, cantidad esta última que será calculada mediante experticia complementaria al fallo.
TERCERO: No hay condenatoria en costas en virtud del carácter parcial de la condena, conforme lo establece el artículo 59 de la L.....