DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, procede a ejecutar la sentencia dictada en contra del penado NEUDO JOSE ARENAS BAEZ, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, titular de la Cedula de Identidad Nro. 11.066.936, fecha de nacimiento 08-11-78 de profesión u oficio chofer, hijo de Elio Arenas e Isbelia Baez (D), residenciado en el Sector La Gallera, calle 24, casa sin numero queda Bolívar, calle 14, diagonal al Monumento de la Chamarreta, (Sic), condenado a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS, SEIS (06) MESES, Y DIEZ (10) DIAS, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 458 del código penal con el articulo 80 del código penal y el articulo 277 ejusdem, en perjuicio de JOSE ANTONIO GARVOZA, mas las sanciones acce.....