Por los fundamentos expuestos este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
A) CONSUMADO el acto procesal de TRANSACCION, presentado en el Juicio que por COBRO DE BOLÍVARES POR ACCIDENTE DE TRANSITO, fuese intentado por el ciudadano JESUS ANTONIO CASANOVA, en contra de la Sociedad Mercantil SEGUROS MERCANTIL, C.A., todos identificados en la parte narrativa de este fallo, en consecuencia, se homologa la presente transacción, dándole el carácter de cosa Juzgada y se ordena expedir por secretaria las copias certificadas solicitadas. Asimismo, se ordena archivar el expediente.
B) No hay condenatoria en costas por tratarse de un desistimiento, de conformidad con lo establecido en el Artículo 277 del Código de Procedimiento Civil.-
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.