declara:
a) PERIMIDA LA INSTANCIA en la solicitud de RECLAMACION ALIMENTARIA incoado por la ciudadana MARIA ADELAIDA GONZALEZ ARELLANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No- 9.765.727, domiciliada en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en contra del ciudadano ROMAN ROMER BARROSO GONZALEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº-7.687.789 en beneficio de la niña MARIANNI BARROSO GONZALEZ.
b) MANTENER VIGENTE por el lapso de noventa (90) días continuos contados a partir de que quede firme esta decisión, las medidas preventivas decretadas por este Tribunal, en fecha 11 de mayo de 2005, las cuales recayeron sobre los siguientes conceptos: El veinte por ciento (20%) del sueldo o salario que le corresponda al ciudadano ROMAN ROMER BARROSO GONZALEZ. El veinte por ciento (20%) sobre liquidación de prestaciones sociales, caja de ahorro, retroactivos, fideicomiso, despido, retiro, jubilación o muerte, meritocracia, cualq.....