DISPOSITIVO
En virtud de lo antes expuesto, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos ASDRUBAL FLORENCIO VALENCIANO RUIZ y NIDIA MENDEZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números 10.086.540 y 10.085.153, respectivamente.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha veintisiete (27) de Agosto del año mil novecientos ochenta y ocho (1.988), por ante el Prefecto del Municipio Cabimas, estado Zulia, inserta bajo el N° 737, Libro 4, Año: 1988.
Se deja expresa constancia que los solicitantes estuvieron asistidos por la Profesional del Derecho MARÍA VALENCIANO MENDEZ, inscrita en el Instituto .....