Por las razones antes expuestas este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción que por REINTEGRO DE BOLIVARES sigue la ciudadana ANDREA DE LOS ANGELES ALBORNOZ MEDINA, en contra del ciudadano DIONEL MONTILVA LABRADOR, ambas partes plenamente identificadas en la narrativa de este fallo, y consecuencialmente queda resuelto el contrato de opción de compraventa celebrada en fecha 11 de febrero de 2010, por ante la Notaria Pública de San Francisco del Estado Zulia.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a reintegrar la cantidad de cincuenta mil bolívares (Bs. 50.000,oo), a la parte actora, que corresponde al cincuenta por ciento (50%) del monto recibido en arras.
TERCERO: Se acuerda el derecho de retención del cincuenta por ciento (50%) del monto r.....