En fuerza de los razonamientos legales expuestos en líneas pretéritas, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE la inspección extrajudicial realizada por el ciudadano Ronald Alfredo Rincón Márquez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.940.230, domiciliado en el Municipio san Francisco del estado Zulia, actuando en representación del ciudadano Junior De Jesús Rincón Márquez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.838.210 de igual domicilio .-