En lo atinente a las testimoniales promovidas en el en el Capítulo XIV del escrito de pruebas, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 483 ejusdem, la admite salvo su apreciación en la definitiva. En consecuencia, se ordena la notificaciones de los ciudadanos ANTONY JOSE ROJAS, CRUZ RIVAS MARCANO, DAVID JOSE VELASQUEZ VALERIO y JOHNNY JOSE ROMERO VILLARROEL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nros V-13.541.813, V-4.047.545, V-18.113.822, V-17.653.381, respectivamente, a fin de que comparezcan por ante este Juzgado Superior a las 9:00 a.m., 10:00 a.m., 11:00 a.m. y 2:00 p.m., en el orden indicado, del segundo día de despacho siguiente a que conste sus citaciones en autos; los ciudadanos ALEXIS JOSE CAMPOS, JUAN JOSE MATA GUTIERREZ y ANTONI MAKER ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-14.543.576, V-15.423.915 y V-14.221.128, respectivamente, a fin de que comparezcan por ante este Juzgado Su.....