Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara firme el decreto Intimatorio de fecha 9 de mayo de 2012, dictado en contra de la Sociedad Mercantil CIELOS VENEZOLANOS II, C.A., conocida también como CIELOS VENEZOLANOS II, plenamente identificada en actas, en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES POR EL PROCEDIMIENTO INTIMACIÓN sigue la Sociedad Mercantil RUTAS AÉREAS DE VENEZUELA, SOCIEDAD ANÓNIMA (RAVSA), antes denominada LINEA AÉREA BOLIVARIANA SOCIEDAD ANÓNIMA (LAB-S.A.), plenamente identificada y en consecuencia, se condena a la parte intimada a pagar a la parte actora, la suma de CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL SEIS BOLIVARES CON SESENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 144.006,63), discriminados de la siguiente manera: a) La cantidad de CIENTO DIECINUEVE MIL SETE.....