Visto que la parte actora, ciudadana GEGSY BRAVO, quien es Venezolana, Mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.742.965, asistida por la abogada Karen Rodríguez, Inscritas en el Inpreabogado bajo los N° 123.750 en su condición de Procuradora de Trabajadores, interpuso demanda en contra de la sociedad mercantil CONTROL, C.A. por cobro de prestaciones sociales, dicha demandada fue recibida por este Juzgado el día 26/07/11 a los fines de su revisión por lo que el día 28 de Julio del presente año se ordeno corregir el libelo por lo que se libró notificación ese mismo día a la parte actora de conformidad con el Artículo 124 Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La parte actora fue notificada el día 08/08/11 en el presente asunto del auto que ordenaba corregir el libelo. De conformidad con lo dispuesto en el articulo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara: LA INADMISIBILIDAD DE LA ACCION.