DISPOSITIVO
En virtud de los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Zulia y Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SE RATIFICA LA MEDIDA DECRETADA EN FECHA 20 DE JULIO DE 2010 "..:PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA INNOMINADA DE NO INNOVAR al Colectivo Santa Lucia, consistente en orden de no realizar actividad alguna que implique la interrupción de la actividad ganadera sobre TRESCIENTAS TREINTA Y CINCO HECTAREAS CON CUARENTA METROS CUADRADOS (335.40 ha) pertenecientes al fundo "DOÑA MARIA", ubicado en el sector la Bombita, Parroquia General Rafael Urdaneta, Municipio Baralt del Estado Zulia; fijándole como oportunidad para oponerse a la presente medidas, el tercer (03) día de despacho siguiente su notificación del presente fallo, Y MEDIDA DE PROTECCIÓN DE POTREROS, ubicados sobre las TRESCIENTAS TREINTA Y CINCO HECTAREAS CON CUA.....