Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la Cuestión Previa opuesta por el abogado RODOLFO FERMÍN MATA, identificado en autos, en su carácter de defensor judicial de la parte co-demandado RODOLFO PARADA, contenida en el ordinal 1º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte codemandada, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber resultado vencida en la presente incidencia.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Espa.....