Ahora bien, constando de las actas procesales que en fecha 16 de julio de 2009, fue dictada sentencia de fondo en la cual se declaró el contrato de compraventa contentivo en documento protocolizado por ante la Oficina del Tercer Circuito de Registro del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 9 de Junio de 1995, bajo el No. 8, Protocolo 1, Tomo 24, Segundo Trimestre, celebrado entre COMDIMA y la Sociedad Mercantil de este mismo domicilio, TIARCA INDUSTRIAL, COMPAÑÍA ANÓNIMA; el cual versó sobre la adquisición de una superficie de terreno de CUATRO MIL QUINIENTOS VEINTIÚN METROS CUADRADOS CON QUINCE CENTÍMETROS CUADRADOS (4.521,15 Mts), que conforma la Parcela No. MP7-8, la cual forma parte de mayor extensión del denominado Parcelamiento o Urbanismo "Zona Industrial de Maracaibo-Primera Etapa de Ampliación", en jurisdicción de la Parroquia Marcial Hernández del Municipio Autónomo San Francisco del Estado Zulia; encuadrado dentro las siguientes medidas y lindero.....