DECIDE:
En el presente juicio de Cumplimiento de Obligación Alimentaria, intentado por la ciudadana IRIS MARINA MEZA MARRUFO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.682.234, en contra de la ciudadano JOSÉ ENRIQUE BECEIRA PORTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.892.175, lo siguiente:
DECRETA MEDIDA DE EMBARGO:
A. sobre el cuarenta por ciento (40%) de las cantidades de dinero que se encuentran depositadas en la Cuenta corriente Nº 01050617431617017752 del Banco Mercantil sede Principal Bella Vista, perteneciente al ciudadano JOSÉ ENRIQUE BECEIRA PORTILLO.
B. NIEGA la medida preventiva de embargo solicitada por la parte actora sobre sobre la cuenta corriente No: 01050617411617011886, perteneciente a la Empresa Mercantil B.H.T. Services C.A., donde el obligado demandado es el Presidente y socio principal, en el presente juicio de Cumplimiento de Pensión Alimentaria, seguido por la ciudadana IRIS MEZA MARRUFO, .....