DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley ACUERDA CONCEDER el BENEFICIO DE LIBERTAD CONDICIONAL, a la penada YANNY ELEIDA RAMÍREZ BARRIOS, titular de la cédula de identidad N° 10.631.723, venezolana, de profesión u oficio comerciante, residenciada en la Urbanización Paraíso del sol, edificio Las Palmas, piso 5, Apto. 5 A, San Francisco, Estado Zulia, por cumplir con los requerimientos previstos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, de acuerdo a lo expuesto en la parte motiva de esta decisión; debiendo someterse a partir de la presente fecha, a un régimen de Prueba hasta el día 19 de julio de 2008, fecha en la cual cumplirá la pena principal, debiendo presentarse por ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario hasta esa fecha.
En esta misma fecha las partes quedaron notificadas d.....