Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO COMO TRIBUNAL MIXTO , POR UNANIMIDAD , administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara al acusado EDIXON ENRIQUE REDONDO SUAREZ , de nacionalidad colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-81.836.737 , nacido el 19/04/67, residenciado en el Barrio el Éxito , calle 106, casa Nro. 78-268 al de la casa de la señora MAYLE OJEDA , cuyo numero de casa es 78-268 , cerca de la Agencia de Lotería los primos , entrando por la Jefatura Civil Antonio Borjas Romero Municipio Maracaibo Estado Zulia, quien actualmente se encuentra recluido en el Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas el Marite, CULPABLE por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, .....