declara:
a) CON LUGAR la solicitud de Divorcio basada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos CAROLINA MARIA CASTILLO RUBIO Y RALPH ANTONIO MENDEZ URDANETA, ya identificados.
b) DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que contrajeron ante la Jefatura de la Parroquia Juana de Ávila del Municipio Maracaibo, Estado Zulia en fecha veintisiete (27) de Julio de mil novecientos noventa y uno (1.991), según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio Nº 120, Estado Zulia en fecha ocho (08) de Mayo de mil novecientos ochenta y cuatro (1.984), según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio Nº 78, expedida por la misma.