DISPOSITIVO
Por los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, ADMINISTRANDO JUSTICIA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
Con lugar la demanda que por Intimación de Honorarios Profesionales interpuso el abogado AUDIO ROCCA OSORIO en contra de la ciudadana DORIS ELENA DIAZ ZAPATA, declaratoria que comprende el derecho al cobro de honorarios debiendo realizarse por medio del procedimiento de la retasa el cálculo del quantum de los mismos.
Se condena en costas a la parte demandada.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE