DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con lo previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, se DECLARA CULPABLE, y como consecuencia de ello se CONDENA al Ciudadano: JAIME JEFERSON MOLINA GUERRERO, plenamente identificado a lo largo de esta sentencia a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS Y CUATRO (4) MESES DE PRISIÓN, por haberlo encontrado responsable y culpable de la comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES EN GRADO DE COMLÑICIDAD, ilícito previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en relación con el artículo 84 Ordinal 3° del Código Penal. Ig.....