SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN con la corrección efectuada en audiencia, por la Fiscalía QUINCUAGÉSIMA PRIMERA del Ministerio Público, en contra del imputado NELIO ANGEL AGUIRRE STHORMES, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA y AMENAZA, previstos y sancionados en los artículos 42 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana LISETH COROMOTO VILLASMIL, de conformidad con lo establecido en el Artículo 313 Ordinales 1° y 8° del Decreto Con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal vigente, de fecha 15-06-2012. SEGUNDO: SE ADMITEN todas y cada una de las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, las cuales fueron explanadas en la parte narrativa de la presente acta, dejándose constancia que la Defensa Técnica no presentó escrito de contestación ni pruebas. TERCERO: Una vez admitida la acusación, este Tribunal Especializado, SUSPENDE EL PROCESO en la presen.....