Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la ABOG. ELEONOR HERNANDEZ DE PERNALETE Fiscal Vigésima Séptima del Ministerio Público del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia; contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de fecha 03 de Julio de 2003, en el cual otorga el BENEFICIO DE LIBERTAD CONDICIONAL al penado JOSE MARIA ORTIZ MONSALVE, titular de la Cédula de Identidad N° E-81.378.796, quien fue condenado a sufrir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISIÓN Y LA EXPULSION DEL TERRITORIO NACIONAL, una vez cumplida la pena, por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre .....