En base a las consideraciones anteriormente expuestas, esta Jueza Primera de Primera Instancia para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes para el Régimen Procesal Transitorio, de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: SE DICTA MEDIDA DE COLOCACION FAMILIAR DE LA ADOLESCENTE IDENTIDAD OMITIDA en el hogar de la ciudadana Eusbelia Hernández, titulares de la Cédula de Identidad N: 8.390.095, y domiciliada en la Urb. Augusto Malaver Villalba, vereda 26, casa N° 5, Boca del Rio, Municipio Península de Macanao, quien tendrá la RESPONSABILIDAD DE CRIANZA, incluida la custodia y representación de la prenombrada adolescente, y será responsable del cumplimiento de todos los elementos que integran esta Institución Familiar consagrados en el Artículo 358 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
SEGUNDO: Se ordena oficiar al Equipo M.....