Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: INADMISIBLE la solicitud de Divorcio realizada por la abogada en ejercicio YANIRA GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.831.397, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 52.937, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano GUSTAVO ADOLFO GALVIS URDANETA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.059.536, domiciliado en esta ciudad y Municipio Maracaibo del estado Zulia.- Así se decide.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco.....