Por todo lo antes expuesto y con fundamento en los elementos de convicción presentados, éste Tribunal Primero de Primera Instancia con funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Acuerda Medida Cautelar Sustitutiva a los ciudadanos CARLOS EMIRO PEREZ SIERRA y BALDEMIRO RAFAEL DUARTE GUERRA, antes identificados por el delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, en la modalidad de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS QUIMICAS PRECURSORAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en relación con el artículo 2, numeral 29 eiusdem, en concordancia con el artículo 3, único aparte ibidem, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con el artículo 256, numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, en conc.....