El Tribunal DECRETÓ EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA por muerte del imputado, quién en vida respondiera al nombre de NOMBRE OMITIDO EN RAZON DE LA CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNA , titular de la cédula de identidad Nro. 16.621.705, a quién se le seguía la presente causa por la presunta comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, en perjuicio de la víctima FABIO ENRIQUE ROMERO; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 48 ordinal 1°, en concordancia con el articulo 318 ordinal 3° todos del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del articulo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Se ordenó la remisión de la presente causa al Archivo Central Judicial, en la oportunidad correspondiente.Pásese en Autoridad de Cosa Juzgada.