EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: Se repone la causa al estado que el Juez Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, inquiera de la parte actora se pronuncie sobre la consignación efectuada por la parte demandada a los fines de dar por terminado el presente procedimiento de Calificación de Despido, y en caso de impugnar los montos consignados, proceda conforme lo dispone el artículo 190 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y la Sentencia referida en la parte motiva de esta decisión dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. SEGUNDO: Queda suspendida la Audiencia de Juicio, Oral, Pública y Contradictoria previamente fijada por este Tribunal para el día 28-06-2007.-