...la acuerda de conformidad con lo establecido en los artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil y llenos como se encuentran los extremos de Ley, decreta Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, sobre un inmueble constituido por Un (1) terreno y la casa sobre él construida ubicado en el Barrio Maria Auxiliadora de la Población de Altagracia, Jurisdicción del Municipio Gómez de este Estado, comprendido dentro de los siguientes linderos NORTE: En Veinte metros (20mtrs) con casa de Genaro Rojas; SUR: En Veinte Metros (20 mtrs) con casa de Luisa Gómez; ESTE: En Nueve metros con Cuarenta Centímetros (9,40mtrs) con calle pública y OESTE: En Nueve metros con Cuarenta Centímetros (9,40mtrs) con terrenos de la sucesión Rojas Real y la casa de Noventa y Nueve Metros Cuadrados de construcción aproximadamente Dicho inmueble le pertenece al ciudadano JUAN RAMÓN ROJAS, , según consta de documento debidamente Protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Munici.....