Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 06 de mayo de 2011, por el abogado JORGE ALEJANDRO MACHÍN CÁCERES, actuando en su condición de apoderado judicial del ciudadano DEGNY ALVER LOVERA SOTO, en contra de la decisión dictada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha 05 de mayo de 2011.
SEGUNDO: Se REVOCA la decisión dictada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha 05 de mayo de 2011, en consecuencia se ordena poner en posesión al ciudadano DEGNI LOVERA SOTO, plenamente identificado en actas, del inmueble comprendido por una casa quinta .....