Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, otorga al penado FABIO CRISTOFER VERDUGO TORRES, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, de 22 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 16.426.757, Soltero, Obrero, hijo de Favio Berdugo y de Ana Teresa Torres, residenciado en Cañada Honda Sector Socorro Calle 96, Sector Democracia N° 90-30 Maracaibo Estado Zulia, el Beneficio de LIBERTAD CONDICIONAL, de conformidad con lo previsto en el Artículo 500 de La Ley de Reforma Parcial del Código Orgánico Procesal Penal.-
Regístrese la presente Decisión, líbrense, las respectivas Boletas de Notificación a las partes.-
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION,
DRA. JUDITH ROJAS
LA SECRETARIA
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