Oídas las exposiciones de las partes que integran el presente proceso, este JUZGADO DÉCIMO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ACUERDA CONCEDER LA PRORROGA solicitada por el Ministerio Público; observando que el delito por el cual se juzga al acusado de autos es un delito grave y la mayoría de los diferimientos se han dado por situaciones ajenas a la voluntad de las partes, es por lo que, a fin de evitar mayores dilaciones en el presente proceso y por considerar conforme a derecho la solicitud planteada por el Ministerio Público, concediéndose un lapso de SEIS (06) MESES, contados a partir del día VEINTINUEVE (29) DE MAYO DE 2.007, dentro del cual deberá realizarse el juicio oral y público correspondiente en este proceso, cumpliendo así con el principio de tutela judicial efectiva de todas las partes en la presente causa; reiterándole la convocatoria para el día VIERNES SEIS (06) DE JULIO A LAS ONCE DE LA MAÑANA a objeto de la celebración del Juicio Oral y Públ.....