Por todos los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Declara con lugar la solicitud Fiscal y por vía de consecuencia, decreta la Libertad plena e inmediata del ciudadano LUIS ANTONIO AVILA VILLASMIL, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 28 años de edad, Fecha de Nacimiento 16-12-1978, titular de la cédula de identidad Nº 13.629.097, de estado civil soltero, de profesión u oficio operador de maquinaria pesada, hijo de Antonio Ramón Ávila y de Ana Luisa Villasmil, residenciado en el sector 4, La Conquista, calle El Liceo, casa Nº 156, Caja Seca, Municipio Sucre del Estado Zulia, a quien el Fiscal del Ministerio Publico no le atribuyó hecho punible alguno, por considerar que los extremos se.....