este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la república y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN con la modificación al por DARWIN FRANKLIN SULBARAN, de nacionalidad Venezolano, natural de El Mojan, fecha de nacimiento 08-10-1980, de 26 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio albañil y pescador, cedula de identidad N° V-17.086.115, hijo de ADRIANA SULBARAN Y DAVID SULBARAN, manifestó saber y leer, y con residencia en la avenida 3 del Mojan, diagonal al Banco Provincial, frente al Mercado Goajiro, Municipio Mara, del Estado Zulia, por el delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 453 ordinal 3° del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana DALILIA MAGALY MORAN, de conformidad con lo establecido en el numeral 2° del artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: SE ADMITEN LOS MEDIO.....