Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos antes mencionados, este TRIBUNAL QUINTO DE JUICIO PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de aclaratoria de sentencia interpuesta por el profesional del derecho Roberto Enrique Gómez, apoderado judicial de la parte demandada, en el juicio que por prestaciones sociales tiene interpuesto el ciudadano ENDERSON ALI SOTO, en contra la sociedad mercantil C.A. VENCEMOS, ambas partes plenamente identificadas en las actas procesales.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de este fallo.