Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: OTORGA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO de conformidad con lo establecido en el Artículo 358 del Código Orgánico Procesal Penal, por un periodo de TRES (03) MESES al acusado DANIEL SEGUNDO BASTARDO LATOUCHE, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 21.359.338, nacido en fecha 01/10/199Z, soltero, archivador de empresas seguros occidente; residenciado en la calle 148, casa 52ª -51, avenida 52 sector Sur América, Parroquia Marcial Hernández, Municipio San Francisco del Estado Zulia, por la comisión del delito LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el articulo 415 del código penal venezolano y en tal sentido, se impone al acusado de las siguientes condiciones de conformidad .....