se declara incompetente para tramitar y -llegado el caso- resolver las incidencias que surjan durante la tramitación de la presente controversia sometida al procedimiento especial contencioso de arbitramiento interpuesto por la Sociedad Mercantil "CAMBIOS FEBRES PARRA C.A" en contra de la sociedad mercantil "DESARROLLOS PUERTO DE LA MAR C.A", y en consecuencia DECLINA SU COMPETENCIA, en el Juzgado Superior Contencioso Administrativo del Estado Nueva Esparta, a los fines que siga conociendo de la presente demanda.