Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR, la solicitud de divorcio por mutuo consentimiento, en atención a la Sentencia No. 693/15 de fecha 02/06/2015 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presentada por los ciudadanos YANETSI DEL CARMEN GONZALEZ DE VICTORA y BENITO ANTONIO VICTORA SANTOS, titulares de la cedula de identidad No. V- 17.918.764 y V- 13.926.740, respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del estado Zulia, asistidos por la profesional del derecho ARGENIS RAFAEL AMESTY ROJAS, inscrito en el inpreabogado No. 146.308, de igual domicilio, en consecuencia, se declara disuelto en divorcio el matrimonio civil que contrajeran los precitados ciudadanos.....