DISPOSITIVO DEL FALLO
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) CON LUGAR: la presente solicitud de DIVORCIO (Artículo 185-A del Código Civil), y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos VICTOR HUGO VIZCAINO PERCHE y MARGARITA ALTA DIAZ DE VIZCAINO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 7.890.161 y 13.176.542 respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el 6 de noviembre de 1987, ante el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio La Cañada de Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, acta Nº 2, tomo 2, año 1987, acompañada a los autos en Copia Certificada.
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