Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia (En Sede Constitucional), administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la acción de amparo constitucional, interpuesta por el profesional del derecho y de este domicilio CARLOS JULIO DUGARTE DELGADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 32.113, actuando inicialmente con el carácter de co-apoderado judicial del ciudadano MARCEL FELIPE RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, quien fuera venezolano, mayor de edad, casado, identificado con cédula personal no. 859.064 y domiciliado en la ciudad de Guacara, Municipio Guacara del Estado Carabobo, quien a su vez se encontraba representado por la ciudadana LIBIA TERESA UZCATEGUI DE RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, identificada con cédula personal no. 3.145.576 y domiciliada en la ciudad de Guacara, Municipio Gua.....