ÚNICO: IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada por el profesional del derecho MANUEL RINCÓN, en su condición de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil LACTEOS SANTA BARBARA, C.A., referida a la Suspensión de los Efectos del acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº. 2011-200, dictada por la Inspectoría del Trabajo de Santa Bárbara del Zulia con Sede en San Carlos del Zulia, que declaró CON LUGAR el reenganche y pago de salarios caídos de los ciudadanos RICHARD HENDRIK CONTRERAS PÉREZ y GERALD GUZMÁN PARRA QUINTERO.