Se dio por recibida diligencia constante de Acta Transaccional celebrada entre las partes ( oferente y oferido ) intervinientes en la presente causa, para resolver el Tribunal observa: Revisada como ha sido la transacción presentada, por la INSTALACIONES Y SERVICIOS DE VENEZUELA. C.A, representada por su apoderada judicial GERALDINE DELIMA, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado No 144.422 , por una parte y por la otra, ROBERT PEREZ , venezolano, portador de la cedula de identidad No 18.625.001, asistido por la abogada ejercicio, OLGA CARRILLO, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No 144.424, donde la empresa le cancela al EXTRABAJADOR: , ROBERT PEREZ , la cantidad de DIEZ MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON VEINTICINCO ( Bs 10.847,25) . El Oferido acepta recibirla , para cubrir todo y cada uno de los conceptos establecido en la presente causa, por lo que ambas partes tanto el oferente como el oferido solicitan que s.....