) DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandada contra la decisión de fecha 06 de febrero de 2007, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en el juicio seguido por el ciudadano MILIAN DE JESÚS CERRADA MOSQUERA frente a la sociedad mercantil PANIFICADORA, PASTELERÍA Y CHARCUTERÍA DE ROSITA, C. A., en consecuencia, con fuerza de cosa juzgada la sentencia recurrida.