Por lo expuesto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado NÉSTOR JOSÉ PALACIOS DARWICH a nombre del ciudadano HUMBERTO ANTONIO AVILA MOLINA, contra la decisión de fecha 17 de febrero de 2005, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en el Nuevo Régimen y Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia, con sede en Cabimas, que conoció de la demandada intentada por el ciudadano HUMBERTO ANTONIO AVILA MOLINA, frente a PDVSA PETRÓLEO, S.A; PERIMIDA la instancia y TERMINADO el juicio intentado por el ciudadano HUMBERTO ANTONIO AVILA MOLINA, frente a la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO, S.A.; en consecuencia SE CONFIRMA el fallo apelado. NO .....