Dispositivo.-
Por los fundamentos expuestos este Tribunal Primero Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, conforme a lo establecido en el artículo 185 del Código Civil y al nuevo criterio adoptado por el Tribunal Supremo de Justicia con respecto al contenido y alcance de la citada norma, formulada por los ciudadanos MARIELA JOSEFINA FERNANDEZ ESIS y RENNYS RAMON PEREIRA FUENMAYOR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V- V-9.785.890 y V- 9.701.526 domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, debidamente asistidos por la defensora publica LIGCAR FUENMAYOR , inscrita en el inpreabogado bajo el No. 79.885.En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajer.....