Este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 02 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, EN NOMRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, 1.- Ordena el diferimiento del acto de audiencia preliminar, fijado para el día de hoy en la causa seguida a las Adolescentes IDENTIDAD OMITIDA Y IDENTIDAD OMITIDA, y se acuerda fijar la misma para el día jueves 06/03/08 a las 10:00 horas de la mañana. 2.- Declara en rebeldía a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, plenamente identificada en autos, de conformidad con lo establecido en el Articulo 617 de La Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y ORDENA SU UBICACIÓN Y CITACION, conforme a lo previsto en el artículo 187 del Código Orgánico Procesal Penal, que se aplica supletoriamente de acuerdo al artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a través del Instituto de Policía Municipal de Mariño. 3.- Se ordena la práctica de.....