1) LA MEDIDA DE SECUESTRO: Sobre el inmueble constituido por un local comercial signado con el N° 21, ubicado en la planta baja de la sección este del edificio o centro comercial denominado BOULEVARD DELICIAS, en jurisdicción de la Parroquia Olegario Villalobos (antes Municipio Coquivacoa), del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, ubicado en la Avenida 15 (antes prolongación delicias), comprendido a su vez entre los siguientes linderos NORTE: con local N° 22; SUR: con local N° 20; por el ESTE: y el OESTE: con fachada correspondiente a esos lados del edificio, el cual le pertenece a la demandante según documento inscrito la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro de Maracaibo Estado Zulia, el 10 de junio del 2003, bajo el N° 4, tomo 21, protocolo 1°. Todo de conformidad con el articulo 599 ordinal 7 del Código de Procedimiento Civil, solicitada por la demandante S.M. INVERSIONES MEYLU C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado .....