Por las razones anteriormente expuestas este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: La CONFESIÓN FICTA de la parte demandada ciudadana OSMAIRA VALDERRAMAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-7.613.746 domiciliada en esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLIVARES incoada por el ciudadano JULIO HERNÁNDEZ PINEDA, mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad No. V-2.866.321, y de este domicilio, en contra de la ciudadana OSMAIRA VALDERRAMAS, plenamente identificada en actas.
TERCERO: Se condena a la parte demandada ciudadana OSMAIRA VALDERRAMAS al pago de la cantidad OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 850.000,oo).
Se condena en costas a la parte de.....