Por las motivaciones de hecho y derecho que anteceden, este Juzgado Quinto (5°) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se HOMOLOGA el desistimiento de la apelación ejercida por el apoderado judicial de la parte actora, contra el auto de fecha 01 de octubre de 2025, dictada por el Juzgado Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual negó la admisión de las pruebas de exhibición de los libros de horas extras, libro de registro de horas extras, informes dirigido al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), e Inspección Judicial; todo lo cual guarda relación con el juicio incoado por el ciudadano JOSÉ GREGORIO ROJAS LÓPEZ contra la entidad de trabajo LUNCHERÍA CRISTAL,.....