Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO de Acción de Amparo Constitucional incoado por los Ciudadanos LUCYLA DEL VALLE MARÍN y JOSÉ MOYA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. 8.598.837 y 9.305.423, respectivamente, en contra de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO MARIÑO DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, conforme al criterio establecido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha 01 de Febrero del año 2000, caso: José Mejías Amado Betancourt y José Sánchez Villavicencio. Así mismo, se acuerda no ordenar el archivo del presente asunto, hasta tanto no trascurra el lapso de tres (3) días hábiles siguientes al de hoy para que las partes ejerzan el recurso que contra la misma consideren pertinente.