Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA SEGUNDA DE JUICIO DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, constituida de forma UNIPERSONAL, Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA al Adolescente Acusado: (SE OMITE SU NOMBRE EN VIRTUD DEL PPIO. DE CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNA), de nacionalidad venezolana, nacido en fecha 25-12-1991, de 15 años de edad, titular de la cédula de identidad no. 20.862.317, hijo de GLADYS DE BRITO y LUIS BRITO, manifiesta que estudia quinto año en el LICEO LUIS URDANETA, domiciliado en el barrio sabana grande, calle 149b, casa no. 58-33, municipio san francisco del estado zulia. Se deja constancia de las características fisonómicas del adolescente y fueron las siguientes: aproximadamente de 1,78 Mts, contextura delgada, cabello castaño oscuro, ojos marrones oscuros, piel trigueña, orejas pequeñas, cejas pobladas, nariz ancha, labios gruesos, bigo.....